No podía dejar pasar por alto mencionar en el Blog este apartado de la nueva Reforma Laboral.
Supongo que muchos padres estaréis interesados en conocer de qué forma se ve afectado este apartado una vez puesta en marcha la reforma.
Brevemente os expongo los puntos más relevantes:
- Nacimiento de un hijo: "En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d, de esta Ley, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla 9 meses , los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones.
La duración del permiso se incrementará en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.
Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario, respetando en su caso, lo establecido en aquella.
Este permiso es un derecho individual pero sólo podrá ser ejercido por uno de los dos progenitores en el caso en que ambos trabajen.
- Guarda legal: "Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo a algún menor de 8 años o a una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuída, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario, entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella".
Os dejo la fuente que podéis consultar si lo deseáis:
Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
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